CAPPIELLO DIO DETALLES DE LA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE EL RESPETO A LA ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO

Con este tipo de resoluciones estamos construyendo ciudadanía”, aseguró el ministro de Salud durante el acto desarrollado en Rosario. La iniciativa, propiciada por el Programa de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y Sida, tiene como objetivo “dar acceso a todos los santafesinos a los servicios públicos de salud”.
24/2/2010.

“Los derechos no se declaman sino que se ejercen. Con este tipo de resoluciones estamos construyendo ciudadanía”, subrayó el ministro de Salud, Miguel Ángel Cappiello este mediodía en Rosario durante el acto de presentación de la norma que establece el respeto a la orientación sexual y de la identidad de género.

La resolución Nº 1877/09 establece que en todas las dependencias del Ministerio de Salud de la provincia se deberá “respetar la orientación sexual y la identidad de género adoptada o auto percibida, de las personas que concurran a ser asistidas”.

“La resolución –propiciada por el Programa de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y Sida (ETS/SIDA)– indica que los trabajadores y profesionales de los hospitales y centros de salud de la provincia deben designar a las personas travestis y transexuales que asistan como pacientes por el nombre que ellas elijan y no por el que figura en sus documentos, a modo de generar situaciones de tratos cordiales y basados en el respeto. Por lo cual, el objetivo de la medida es dar prioridad al acceso de todos los santafesinos a los servicios públicos de salud”, explicaron desde la cartera de Salud.

“Estamos dando un paso importante, necesario y sustancial”, dijo Cappiello. “Este es un hecho trascendental que deja asentada una posición para que otras provincias hagan lo mismo”, añadió.

“Se trata de un tema que deja de ser una vergüenza y pasa a ser un derecho más y un buen ejemplo para todo el país”, dijo el ministro de Salud, y agregó que “parece mentira que haya que hacer una normativa para que se cumpla algo que debería cumplirse naturalmente, no sólo en las distintas áreas del gobierno sino en la sociedad toda”.

Asimismo, Cappiello advirtió que “seguramente esta resolución levantará voces en contra, porque ya ocurrió eso cuando se hizo la campaña para repartir profilácticos, cuando se debatió sobre la educación sexual o cuando hablábamos del aborto como consecuencia del estupro o de una violación”.

En la reunión llevada a cabo en el salón Corner de la sede de la Gobernación en la ciudad de Rosario, Cappiello estuvo acompañado por el coordinador Regional del Programa de las Naciones Unidas sobre el VIH Sida (Onusida), Rubén Mayorga; por el jefe del Programa Provincial de Control de ETS/SIDA, Raúl Bortolozzi; por el director del Programa Universitario para la Diversidad Sexual de la Universidad Nacional de Rosario, Guillermo Lovagnini; y por la referente de la Agrupación de Travestis, Transexuales y Transgéneros Argentinas, Marcela Romero.

ANTECEDENTES LEGALES

A su turno, Bortolozzi recordó que “la identidad de género refiere a la particular, íntima y subjetiva certeza que tiene cada persona de ser varón, mujer, o el amplio abanico de variantes que entre ambos términos son comprendidas”.

“Siendo cada ser humano único e irrepetible, la identidad es la condición de la particularidad y el derecho a la identidad sexual es un derecho integrante del más amplio derecho a la propia identidad; el cual, a su vez, forma parte de los derechos humanos sustanciales, estando toda persona en derecho a ser considerado como realmente percibe que es”, indicó el jefe del Programa Provincial de Control de ETS/SIDA.

En este marco, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU recomienda desde el año 2006 que “los Estados tomen las medidas legislativas y administrativas necesarias para respetar y reconocer el derecho de cada persona a la identidad de género que defina para sí”.

Además, “en nuestro país –prosiguió el funcionario provincial– la identidad de género está protegida en la Constitución Nacional en los artículos 33 y 75 inciso 19, donde el párrafo 4 indica que el Congreso debe dictar normas que protejan la identidad y pluralidad cultural”.-

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