NO CORRESPONDE COBRAR PEAJE EN LA AUTOPISTA PORQUE LA CONCESION ESTA SUSPENDIDA
Así se manifestó el Diputado Mario Lacava en relación a los efectos legales que trae aparejada la Observación Legal a la concesión directa de la autopista Santa Fe-Rosario por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
23/8/2010.
“El Tribunal de Cuentas de la Provincia, observó por ilegal el contrato de concesión directa de la autopista a la empresa “Consorcio Vial S.A.” que conforman las firmas EDECA S.A. y Supercemento S.A.
Esta observación Legal ha sido comunicada al Poder Ejecutivo Provincial y a la Legislatura Provincial y hasta el momento dicha Observación Legal no ha sido ni aceptada ni rechazada por el Gobernador.
Corresponde por lo tanto, aplicar el artículo 209 de la Ley 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado el cual establece con toda claridad lo siguiente: “…las Observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas, suspenderán el cumplimiento del acto en todo o en la parte observada, bajo responsabilidad del organismo que lo emitiera…”.
“Está claro que hoy las empresas contratistas no tienen derecho a cobrar peaje, puesto que los efectos del acto jurídico que los habilitaba, está suspendidos”.
“En consecuencia el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente tiene la obligación de comunicar a la Empresa Consorcio Vial que hoy no está autorizado a cobrar peaje”, finalizó diciendo el Diputado Lacava.